Políticas medioambientales en la UE

15 de julio de 2020
Ángel Miranda. Director de la Obra Salesiana – Pamplona. Los jóvenes que hoy salen a las calles en línea con un compromiso que está ahí y no deja de crecer, alcanzarán la plenitud de su vida adulta en 2050. Hace poco, una encuesta del Eurobarómetro constataba el crecimiento de la conciencia medioambiental y de su […]

Ángel Miranda. Director de la Obra Salesiana – Pamplona.

Los jóvenes que hoy salen a las calles en línea con un compromiso que está ahí y no deja de crecer,
alcanzarán la plenitud de su vida adulta en 2050.

Hace poco, una encuesta del Eurobarómetro constataba el crecimiento de la conciencia medioambiental y de su implicación política entre los europeos de entre 15 y 30 años. El 75% de ellos participan en algún movimiento organizado y ante la pregunta «¿Cómo podemos construir una Europa más fuerte y unida?” dan la prioridad a la protección del medio ambiente y la mitigación del cambio climático.

Desde las raíces

Los artículos 11 y 191 a 193 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) reconocen la competencia de la Unión en todos los ámbitos políticos relacionados con el medio ambiente o el cambio climático.

Ya el Consejo Europeo – París 1972 – fijó las líneas para armonizar la política medioambiental comunitaria con la expansión económica, que entre altibajos y deficiencias de su aplicación y ejecución, ha generado cientos de directivas, reglamentos y decisiones.

El Acta Única Europea de 1987 establece la primera base jurídica para preservar la calidad del medio ambiente, proteger la salud humana y garantizar un uso racional de los recursos naturales. En 1993, el Tratado de Maastricht daba carácter oficial a unas políticas medioambientales de la Unión que, en 1999, el Tratado de Ámsterdam ampliaría a todas las políticas de la Unión relacionada se traduciría en directrices específicas en la «lucha contra el cambio climático».

Gracias a todo ello hoy se constatan avances significativos en las políticas medioambientales que en el paquete de la Unión sobre el clima y la energía o en la Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica competitiva en 2050.

 Un principio general básico: “quien contamina, paga”.

La Directiva sobre responsabilidad medioambiental y la legislación en materia de medio ambiente (IMPEL), tratan de prevenir o poner remedio a los daños medioambientales causados a especies protegidas y a hábitats naturales, al agua y al suelo, obligando a prever sanciones penales efectivas, proporcionadas y disuasorias para los delitos medioambientales de mayor gravedad cometidos en los Estados miembros de la Unión, los países adherentes y candidatos y Noruega, en una red creada como plataforma de intercambio de ideas y mejores prácticas de los agentes encargados de hacer que se cumpla ley.

Algunos programas de acción en materia de medio ambiente

Desde 1973, la Comisión ha formulado 6 programas de acción plurianuales con propuestas legislativas y objetivos para la política medioambiental de la Unión.

En 2001, la Unión introdujo su Estrategia de Desarrollo Sostenible (EDS) que, en 2006, daría pie a la Estrategia Europa 2020 orientada al «crecimiento inteligente, sostenible e integrador» basado en el uso eficaz de los recursos.

En 2013, el Consejo y el Parlamento establecen su Séptimo Programa de Acción hasta 2020 en orden a «Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta».

Mas tarde, en mayo de 2016, la Comisión al revisar la aplicación de la legislación medioambiental de la Unión e intenta reorientar las perspectivas ante la dificultad de integrar unas normativas impulsadas por intereses económicos y de mercado, propugnados por la misma UE, con otros aspectos derivados de tomar en consideración los límites del planeta. ¡Un camino abierto!

«Transformando nuestro mundo: la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible”

En la Cumbre de la ONU celebrada en Nueva York del 25 al 27 de septiembre de 2015 acordó desarrollar una Agenda 2030 que necesariamente afectará al futuro de las políticas medioambientales europeas.
En respuesta a ello, en 2017, la Comisión Europea creó una plataforma de reflexión integrando diversos intereses y sectores para presentar un conjunto de recomendaciones para lograr la eficacia de la Agenda 2030.

Su reflexión sirvió de base para la redacción del “DOCUMENTO DE REFLEXIÓN PARA UNA EUROPA SOSTENIBLE DE AQUÍ A 2030” publicado el 30 de enero de 2019 que en 130 páginas presenta 17 objetivos y 169 metas relacionadas con la política medioambiental para “alimentar e inspirar el debate sobre el futuro de Europa, la preparación de la Agenda Estratégica de la Unión Europea 2019-2024 y la fijación de prioridades de la próxima Comisión Europea, en un debate entre los ciudadanos, las partes interesadas, los gobiernos y las instituciones”.

Una aproximación a estos dos documentos, mirando al futuro de las políticas ambientales de Europa, evoca una afirmación de Robert Schuman, uno de los padres de la Unión: «la paz mundial no puede salvaguardarse sin unos esfuerzos creadores equiparables a los peligros que la amenazan». Hoy debemos añadir a esa «paz mundial» «el bienestar y la supervivencia de nuestra población».

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